viernes, 30 de septiembre de 2011

SEGURO SOCIAL

Los beneficios de la seguridad social tienen carácter de integrales e irrenunciables. El Estado está obligado a conceder estos beneficios y no puede dejar librada la atención a los emprendimientos privados.

En otras palabras, el Estado debe promover el sistema de ayuda mutua obligatoria que ofrezca cobertura a los ciudadanos ante distintas situaciones, como la pérdida de la capacidad laboral o la imposibilidad de generar ingresos que permitan satisfacer sus necesidades básicas.

La función del seguro social es resguardar a las personas de los imprevistos del trabajo y de los eventos naturales como nacimientos, enfermedades, muerte u otros. Los beneficios pueden ser prestados directamente por el Estado o comprometiendo para esto a la sociedad en general.

No hay comentarios:

Publicar un comentario